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Descubriendo la auditoría

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Hoy se ha celebrado en Barcelona la IV Jornada de Auditoría del Sector Público, con el sugerente título AUDITORÍA DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL: NUEVOS RETOS. Un encuentro promovido por el Col.legi de Censors de Catalunya que preside Daniel Faura.

Se trata de un foro de los profesionales de la auditoría que en Cataluña tienen una especial tradición de colaboración con el sector público; quizás más que en otras CCAA del Estado. Fue quizás la autoridad de Ferran Termes, que fue vicepresidente del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE) y Síndico durante diecisiete años (de ellos, once como Síndic Major en la etapa de consolidación). Así, en el informe relativo a la Cuenta General de las Corporaciones Locales de Cataluña (1994) abrió un debate vivo sobre la propia incapacidad institucional “claramente insuficiente para llevar a cabo el control externo de la actividad financiera municipal de forma adecuada” dado el elevado número de entidades a fiscalizar. La polémica todavía dura y ya hemos tenido ocasión de presentar en esta bitácora la demanda de muchas organizaciones públicas y privadas, para avanzar hacia una ley de auditoría municipal

Daniel FauraEl sector privado de la auditoría se enfrenta a unos momentos de incertidumbre profesional tras la modificación la propuesta de reforma que saldrá del Parlamento Europeo y que tendrá muy poco en común con el borrador aprobado en 2011 por la Comisión Europea. Así, la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Eurocámara acaba de aprobar una nueva propuesta de medidas que afectan a aspectos como la rotación del auditor cada seis años, que previsiblemente será sustituida por un concurso entre firmas cada 14 ó 25 años. Además, la coauditoría (obligación de contratar más de un auditor) se ha quedado en una mera opción. 

Querámoslo o no, presenciamos un acercamiento de la contabilidad pública y privada, de los respectivos profesionales y de sus correspondientes normas de auditoría. Sin embargo, el Tribunal de Cuentas ya dejó clara su posición contraria en este asunto, con ocasión de un informe aprobado en 2009. El cambio legislativo que dé soporte a esa futura auditoría privada en el mundo local ha de ser amplio y sustancial. Con la actual normativa en el ámbito local, la adscripción de las funciones públicas de control se efectúa, por el artículo 92.2 LRBRL, reservando su ámbito externo al propio Tribunal u órgano autonómico equivalente y el control interno a los funcionarios habilitados correspondientes (intervención).

Descubra la auditoría

cubierta_Descubra la auditoría. La vida en una Big FourHe podido saludar durante esta jornada a Frederic Borrás, autor del libro “Descubra la auditoría. La vida en una Big Four” (Editorial Almuzara, 2013, 19 euros y 241 págs.) donde narra sus reflexiones y experiencias tras 36 años en una de las grandes firmas de auditoría (y 27 como socio) y como presidente del colegio catalán de Censors. También el autor se pronuncia, en la pagina 215, sobre el sector público:

Desde hace varios años las corporaciones de auditores estamos luchando para incrementar la participación de los auditores privados en el sector público ya que entendemos que la transparencia de la información pública debe mejorar y en breve plazo.  No puede estar hablándose hoy en día, después de casi 40 años de democracia, de que una gran cantidad de entes locales no tienen cuentas o que menos de una décima parte se someten a auditoría …. Esperemos que, como mínimo, en la de transparencia que se está debatiendo en la actualidad se resuelvan estas cuestiones y se incluya la obligación de someter auditoría obligatoria a los entes locales de cierto tamaño. Las corporaciones de auditores hemos presentado una enmienda a esta ley para recoger ese extremo que entendemos que es de absoluta necesidad en aras de favorecer la transparencia”.

Sobre el mercado de la auditoría, Frederic ha visto, en los últimos años, como se ha llevado a cabo un proceso de concentración que ha dado como consecuencia que se reduzca a cuatro el número de grandes firmas de auditoria. Una concentración que, en su opinión, debe intentar mitigase y dar entrada a otras firmas que puedan a medio largo plazo paliar el riesgo sistémico que podría provocar otra situación como la que vivió Arthur Andersen y que podía desembocar en la separación de los cuatro grandes firmas:

Pescanova y aduitor se cruzan querellas“vislumbro un proceso a la inversa, en el cual ciertas firmas medianas tendrán que emprender planes de desarrollo para adquirir un mayor tamaño que les permita ir aumentando su participación en las Entidades de Interés Público y finalmente se pueda contar con un elenco de una docena de firmas que pueda responder con garantías a las exigencias”.

¿El tamaño importa?

El problema que apunta Frederi  aflora con nitidez en los pliegos de los concursos para contratar servicios de auditoría para Entidades del Sector Público. El ICJCE, a través de su Boletín Digital nº 18, hacía púbicas las gestiones de su presidente Rafael Cámara solicitando a la Universidad Complutense de Madrid (UCM) y al Consejo Superior de Deportes (CSD)”que eliminen las cláusulas que limitan la competencia y la libre concurrencia en los respectivos concursos para la contratación del servicio de auditoría de sus cuentas”, tal y como ya ha hecho en el caso de RTVE, Loterías del Estado e IFEMA.

En el caso de la Universidad Complutense de Madrid, el pliego de condiciones incluía una cláusula sobre la capacidad de contratar y criterios de selección de las empresas que establece que, para cumplir el requisito de solvencia económica financiera, “el volumen de facturación en España en el ámbito de trabajos de auditoría deberá ser de, al menos, 60 millones de euros en dos de los últimos tres ejercicios y la empresa deberá acreditar que ha realizado trabajos de naturaleza similar al objeto del contrato, relativo a realización de auditorías de entes con un volumen en sus cuentas igual o superior a 500 millones de euros en al menos dos de los tres años de referencia”. El ICJCE considera que se tratan de unos requisitos excesivos, pues son contadas las compañías del sector que superan dicha cantidad.

Por su parte, el pliego de condiciones del concurso de auditoría del Consejo Superior de Deportes señalaba que, “para cumplir el requisito de solvencia económica y financiera, al menos un contrato (o relación contractual) debe alcanzar el 75% del importe del presente contrato, lo que supone al menos un contrato que supere los 371.900 euros”.

Se trata de una práctica habitual en organismos públicos que desean que sus auditores pertenezcan a una de las grandes firmas y tengan un nombre comercial conocido por la opinión pública. Esto no significa –máxime en el sector público- que conozcan mejor las características del medio a auditar, que suelen dejar en manos del socio local que compagina esos trabajos con otros del sector privado. Sin embargo, las grandes firmas pueden permitirse el lujo de contar con especialistas en el sector público -algunos interventores excedentes- que garantizan un adecuado conocimiento de la legislación de contratos públicos. 

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